Se há uma pergunta que todo advogado ou consultor em questões de imigração ou nacionalidade responde pelo menos uma vez por dia, é sobre Como obter a nacionalidade espanhola?
La respuesta para esa pregunta de oro es que hay algunas opciones y muchas, pero muchas burocracias para que se obtenga el tan soñado Documento de Identidad Español y su correspondiente Pasaporte Español.
En principio, la nacionalidad española se puede obtener: por origen, por posesión de estado, por opción y por tiempo de residencia en España.
Son españoles por origen y pueden pedir la nacionalidad en función de ello:
- Los nacidos de padre o madre española;
- Los nacidos en España cuando sean hijos de padres extranjeros si, al menos uno de los padres, ha nacido en España (se exceptúan los hijos de diplomáticos);
- Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad (apátridas), o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad. En este caso puede realizarse un expediente en el Registro Civil de su domicilio para declarar la nacionalidad española con valor de simple presunción;
- Los niños nacidos en España de cuyos padres se desconoce la identidad. Se presumen nacidos en España los menores cuyo primer lugar de estancia conocido sea territorio español;
- Los menores de 18 años que sean adoptados por un español. Si el adoptado es mayor de 18 años, podrá optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.
A la nacionalidad española por posesión de estado tienen derecho aquellas personas que hayan poseído y utilizado esta nacionalidad durante diez años, de forma continuada, de buena fe (sin que tenga conocimiento de la situación real, es decir, de que no es español en realidad), en base a un título inscrito en el Registro Civil. La nacionalidad española no se perderá, aunque se anule el título inscrito en el Registro Civil. El interesado debe haber mantenido una actitud activa en dicha posesión y utilización de la nacionalidad española, esto significa que deberá haberse comportado teniéndose a sí mismo por español, tanto en el disfrute de sus derechos como en el cumplimiento de sus deberes en relación con órganos del Estado español.
La opción es un beneficio que la Ley española ofrece a extranjeros que se encuentran en las condiciones siguientes:
- Aquellas personas que estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español. Esta posibilidad caduca cuando el interesado cumple 20 años, salvo que por su ley personal el interesado no adquiera la mayoría de edad a los 18 años, en cuyo caso el plazo será de dos años desde que adquiera la mayoría de edad;
- As pessoas cujo pai ou mãe eram espanhóis e nascidos na Espanha;
- Aquellas personas cuya determinación de la filiación o nacimiento en España se produzca después de los dieciocho años de edad. En estese supuesto, el plazo para optar a la nacionalidad es de dos años desde que se determina la filiación o el nacimiento;
- Aquellas personas cuya adopción por españoles se produzca después de los dieciocho años de edad. En este caso el derecho a optar existe hasta que transcurra el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.
La atribución de la nacionalidad española por residencia es aquella a que tiene derecho cualquier extranjero que reside legalmente en España por un periodo determinado que puede ser de 1, 2, 5 o 10 años.
Hay una forma de obtención de la nacionalidad española llamada carta de la naturaleza que tiene carácter graciable y no se sujeta a las normas generales de procedimiento administrativo. Será otorgada o no discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales.
De todas las formas de obtención de nacionalidad arriba descritas, las más comunes son las de origen, por opción y por tiempo de residencia legal en España. Sobre cada una de ellas voy a escribir un post muy detallado de sus requisitos, documentos a presentar y tiempo aproximado de tramitación. Nosotros de España Más somos especialistas en Nacionalidad Española y la podemos tramitar de forma fácil, sin burocracia y de forma telemática, ahorrando tiempo hasta la expedición del Pasaporte y Documento de Identidad Nacional.